Antónimos de confesional
Lo contrario de «confesional» es laico, secular o civil. «confesional»: relativo a la confesión de fe o a una religión determinada.
Perteneciente o relativo a una religión o confesión específicaconfesional
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«El Estado debe ser laico y no puede basar sus leyes en un carácter confesional.»
Se utiliza para distinguir lo que está vinculado a una estructura religiosa de lo que es independiente de ella en el ámbito público o institucional.
Que tiene un carácter o identidad religiosaconfesional
doctrinal espiritual
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«El Estado debe ser laico y no puede basar sus leyes en un carácter confesional.»
Se utiliza para distinguir lo que está vinculado a una estructura religiosa de lo que es independiente de ella en el ámbito público o institucional.