Antónimos de demandado
Lo contrario de «demandado» es demandante, actor o querellante. «demandado»: persona contra la que se interpone una demanda o acción judicial.
Lo contrariodemandante
Antónimos recíprocos · Uno implica al otro: no existe el uno sin el otro.
«Mientras el demandante exige la indemnización, el demandado presenta sus pruebas de defensa.»
En el ámbito civil, las partes se definen por su rol en la acción: quien inicia la demanda y quien la recibe.
Sujeto en un proceso penal (uso común aunque técnicamente distinto)demandado
Lo contrariovíctima
denunciante
Antónimos recíprocos · Uno implica al otro: no existe el uno sin el otro.
«La víctima relató los hechos ante el juez, mientras el demandado mantenía el silencio.»
Aunque en derecho penal se prefiere «acusado», en el lenguaje común se opone al sujeto que sufre el daño o la acción delictiva.