Antónimos de derechos
Lo contrario de «derechos» es deberes o obligaciones. «derechos»: plural de derecho; puede referirse a facultades legales, principios morales o tributos aplicables.
Facultades o prerrogativas legales o morales de una personaderechos
prerrogativas facultades libertades garantías atribuciones
Lo contrariodeberes
obligaciones
Antónimos recíprocos · Uno implica al otro: no existe el uno sin el otro.
«El contrato establece tanto los derechos del empleado como sus deberes.»
En el ámbito jurídico y ético, los derechos y los deberes forman un binomio inseparable: la existencia de una facultad implica la existencia de una responsabilidad correlativa.