Antónimos de exento
Lo contrario de «exento» es obligado, sujeto o imponible. «exento»: que está libre de una carga, obligación, falta o defecto.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«El ciudadano está exento de pagar este impuesto, pero el empresario está obligado a hacerlo.»
En el ámbito jurídico o fiscal, la exención es una dispensa total de la carga, por lo que el sujeto pasa de estar libre a estar legalmente vinculado a la obligación.
Antónimos graduales · Admiten grados intermedios entre un extremo y otro.
«El diamante es exento de impurezas, mientras que el cristal es imperfecto.»
Se utiliza para indicar la ausencia de elementos que degraden la calidad de algo. El antónimo varía según si nos referimos a una mancha física o a un fallo estructural.