Antónimos de omisión
Lo contrario de «omisión» es inclusión, adición o cumplimiento. «omisión»: acción de dejar de decir, hacer o incluir algo, ya sea de forma voluntaria o involuntaria.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«La omisión de ciertos datos en el informe fue corregida mediante la inclusión de nuevos detalles.»
Se refiere al acto de dejar fuera algo. Su opuesto es el acto de integrar o incorporar dicho elemento en un conjunto.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«Su falta de responsabilidad no fue una acción deliberada, sino una omisión por descuido; sin embargo, el cumplimiento de sus deberes fue impecable.»
En el ámbito jurídico o moral, la omisión es la ausencia de la acción debida, mientras que el cumplimiento es la ejecución efectiva de la obligación.