Antónimos de otorgar
Lo contrario de «otorgar» es retirar, denegar o quitar. «otorgar»: dar, conceder o traspasar algo a alguien, especialmente un derecho, un premio o un bien.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«El juez decidió otorgar la libertad, pero el comité optó por denegar la solicitud.»
Se usa «denegar» cuando la autoridad decide no conceder lo que se ha pedido formalmente. «Retirar» implicaría que ya se había otorgado previamente.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«En lugar de otorgar la posesión del bien, decidió retenerlo para su uso personal.»
En contextos de propiedad o entrega, el antónimo es «retener» porque implica no desprenderse de lo que se tiene, a diferencia de «recuperar», que supone haberlo perdido.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«El reglamento puede otorgar ciertos privilegios o prohibir conductas específicas.»
Cuando se trata de facultades o permisos, la oposición es directa entre la acción de habilitar y la de impedir o prohibir el ejercicio de dicha facultad.