Antónimos de propietario
Lo contrario de «propietario» es inquilino, arrendatario o tenedor. «propietario»: persona que posee algo o tiene derecho sobre ello.
Lo contrarioinquilino
arrendatario tenedor
Antónimos recíprocos · Uno implica al otro: no existe el uno sin el otro.
«El propietario firmó el contrato con el inquilino.»
La relación jurídica implica la existencia de ambas figuras: uno posee el derecho de propiedad y el otro el derecho de uso mediante un pago.
Persona que alquila una vivienda o localpropietario
Lo contrarioinquilino
arrendatario subarrendatario
Antónimos recíprocos · Uno implica al otro: no existe el uno sin el otro.
«El propietario firmó el contrato con el inquilino.»
La relación jurídica implica la existencia de ambas figuras: uno posee el derecho de propiedad y el otro el derecho de uso mediante un pago.