Antónimos de redundar
Lo contrario de «redundar» es faltar o escasear. «redundar»: tener una consecuencia o efecto, especialmente cuando es para beneficio o perjuicio de alguien.
Antónimos graduales · Admiten grados intermedios entre un extremo y otro.
«En la cuenta no puede redundar el dinero, pues lo que suele ocurrir es que falte.»
Se utiliza cuando algo sobrepasa el límite establecido, mientras que su contrario indica la ausencia de lo necesario para cubrir una medida.