Antónimos de resarcir
Lo contrario de «resarcir» es perjudicar, dañar o ofender. «resarcir»: reparar un daño, perjuicio o agravio, ya sea mediante una compensación económica o moral.
Antónimos graduales · Admiten grados intermedios entre un extremo y otro.
- resarcir
- reparar
- dañar
- perjudicar
«La empresa intentó resarcir los daños, pero el error terminó por perjudicar más al cliente.»
Mientras que resarcir busca restaurar el equilibrio patrimonial, perjudicar implica la acción de causar un menoscabo o pérdida.
Antónimos graduales · Admiten grados intermedios entre un extremo y otro.
«Sus palabras buscaron resarcir el error, pero solo sirvieron para ofender más a la víctima.»
En el ámbito moral, la oposición no es solo la falta de reparación, sino la acción directa de herir la dignidad o el sentimiento de alguien.