Antónimos de rescisión
Lo contrario de «rescisión» es ratificación, confirmación o formalización. «rescisión»: acción de dejar sin efecto un contrato, un pacto o una obligación legal.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«Tras la rescisión del contrato, las partes quedaron libres, pero la ratificación del mismo devolvió la validez al acuerdo.»
Mientras la rescisión deja sin efecto un vínculo ya existente, la ratificación confirma o valida un acto o contrato que se quería asegurar.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«La promulgación de la ley dio inicio a su vigencia, pero su rescisión la dejó sin efecto.»
Se utiliza la promulgación para el acto de dar a conocer y poner en vigor una norma, lo cual es el proceso opuesto a su anulación o revocación.