Antónimos de cancelar
Lo contrario de «cancelar» es confirmar, programar o ratificar. «cancelar»: dejar sin efecto una decisión, un compromiso, una deuda o una inscripción.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«Tuvimos que cancelar la reunión, pero al final lograron confirmarla.»
Se utiliza para indicar que un compromiso que ya existía deja de tener validez. El antónimo implica que la existencia del evento queda asegurada.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«Después de cancelar la deuda, dejó de deber dinero al banco.»
En este contexto financiero, cancelar significa extinguir la obligación. El antónimo describe la situación de tener una obligación pendiente.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«El juez decidió cancelar el contrato en lugar de validarlo.»
Se refiere a la pérdida de eficacia jurídica. Mientras cancelar anula la fuerza de la norma, validar le otorga legalidad o vigencia.
«No puedes cancelar ese nombre de la lista.»