Antónimos de deber
Lo contrario de «deber» es poder, pagar o abonar. «deber»: tener la obligación moral o legal de hacer algo, o tener una deuda pendiente.
Tener obligación moral o legaldeber
Lo contrariopoder
«Debes terminar el informe antes de las cinco.»
Antónimos graduales · Admiten grados intermedios entre un extremo y otro.
- deber
- tener que
- estar obligado
- poder
La oposición reside en la distinción entre la necesidad impuesta por la norma o la moral y la capacidad o libertad de elección.
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«En lugar de seguir debiendo dinero, decidió pagar la factura hoy mismo.»
En el ámbito financiero, el acto de adeudar se extingue mediante el acto de pagar; son acciones que se anulan entre sí en el balance.