Antónimos de exención
Lo contrario de «exención» es obligación, imposición o carga. «exención»: libertad o dispensa de una carga, obligación, impuesto o deber.
Dispensa de una obligación o carga fiscalexención
Lo contrarioimposición
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«El contribuyente solicitó una exención, pero el estado le aplicó una nueva imposición.»
En el ámbito tributario, la exención es la ausencia de la carga, mientras que la imposición es el acto de establecerla o aplicarla.
Liberación de una responsabilidad o deberexención
Lo contrarioobligación
Antónimos complementarios · Uno excluye al otro: no hay término medio.
«Su exención de la guardia fue aceptada, pero su obligación de asistir al curso permanece.»
Se refiere a la condición jurídica de estar libre de un compromiso frente a la existencia de un mandato que debe cumplirse.